A- de 2022
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Alexander Tutistar Bastidas·Demandado Comisión Nacional De Servicio Civil Universidad Libre
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de los jueces o tribunales del lugar donde ocurrió la violación o amenaza que motivo la solicitud
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 16 Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado 1° Laboral del Circuito de Pasto.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial y alegaron su incompetencia en el análisis del artículo 37 del Decreto 2591 de 1991.
En virtud del criterio a prevención, la Corte asignó la competencia para resolver la solicitud de amparo al Juzgado 16 Laboral del Circuito de Cali, a donde ordenó enviar el expediente para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
Se hizo una advertencia a esta autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de disponer el rechazo de acciones de tutela por razones vinculadas con la falta de competencia, de acuerdo con lo señalado en la parte motiva de este proveído.
Al otro operador jurídico involucrado se le advirtió que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, en lugar de remitirlo a la Corte Constitucional, para lo cual, se deben observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 5 de octubre de 2022 por el Juzgado 16 Laboral del Circuito de Cali, en el proceso de tutela promovido por el señor Alexander Tutistar Bastidas.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4301 al Juzgado 16 Laboral del Circuito de Cali, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado 16 Laboral del Circuito de Cali que, en lo sucesivo, se abstenga de disponer el rechazo de acciones de tutela por razones vinculadas con la falta de competencia, de acuerdo con lo señalado en la parte motiva de esta providencia.
- Cuarto. ADVERTIR al Juzgado 1° Laboral del Circuito de Pasto que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, en lugar de remitirlo a la Corte Constitucional, para lo cual, se deben observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- Quinto. Por la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR la presente decisión a la parte demandante y al Juzgado 1° Laboral del Circuito de Pasto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.